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Expedientes y Certificados médicos de estudiantes

Requisitos de RAV del proceso de inscripción

  • (a) El titular del Certificado de Funcionamiento del CIA debe suministrar a cada estudiante al momento de su inscripción, una copia de lo siguiente:
  • (1) Constancia de inscripción, contentiva de:
    • (1)Nombre del curso en el que el alumno está inscrito.
    • (2)Fecha de inscripción.
    • (3) Una copia del plan de estudios del curso.
    • (4) Para alumnos pilotos, una copia de los procedimientos y prácticas de seguridad, que describa:
      • El uso de ayudas a la navegación y operación de la aeronave.
      • Las condiciones mínimas meteorológicas requeridas por la escuela para vuelos doble comandos y solo.
      • Los procedimientos de encendido del motor y rodaje de la aeronave en plataforma.
      • Precauciones y procedimientos contra fuego.
      • Procedimientos de redespacho después de un aterrizaje no programado y fuera de un aeropuerto.
      • Discrepancias de aeronaves y reportes de vuelo.
      • Seguridad de la aeronave cuando no se encuentra en uso.
      • Reserva necesaria de combustible para vuelo local y vuelo de navegación.
      • Evitar a otra aeronave en tierra y en vuelo.
      • Limitaciones mínimas de altitud.
      • Instrucción de aterrizajes en emergencia simulada.
      • Instrucciones para efectuar las prácticas en áreas asignadas.
  • El CIA debe exigir al aspirante a piloto una evaluación médica aeronáutica antes de cancelar los derechos del curso y formalizar su inscripción, a fin de determinar si está apto psicofísicamente para obtener la licencia de alumno piloto una vez culminado la instrucción teórica del curso de piloto.
  • El CIA debe exigir al aspirante a tripulante de cabina una evaluación médica aeronáutica antes de cancelar los derechos del curso y formalizar su inscripción, a fin de determinar si está apto psicofísicamente para obtener la licencia de tripulante de cabina una vez culminado la instrucción teórica práctica del curso.

Cumplimiento del proceso de inscripción

Las constancias de inscripción se generan automáticamente, una vez que el estudiante haya generado su expediente digital y haya sido aprobada la auditoría del mismo. Para información detallada de los procesos relacionados, hacer clic en siguientes botones .

Importante


LA RAV 141 sección 39, en los apartados “d” y “e” dictamina lo siguiente.

¿Por qué algunos alumnos no cuentan con su certificado médico?

Porque en concordancia con la revisión 5 del MIP se autoriza un plazo de 3 meses desde el inicio de clases por las siguientes circunstancias:

  • Ubicaciones: San Cristonal – Margarita – Cumana – Maracaibo – Barquisimeto son ciudades que no tienen un CEMA y el viaje a optar para una licencia médica es algo que que sale 2 y 3 veces más caro que el mismo curso. Y que automáticamente bajaría drásticamente la cantidad de estudiantes afectando la estabilidad de estos CIA que tienen la especial condición de estar donde básicamente no hay más nadie, y basandose en los preceptos de incentivar la actividad aeronáutica escritos en la ley de aeronáutica civil, y en el derecho al estudio prescrito en la constitución
  • Reembolso: IDEA tiene el compromiso escrito formal publico y reputación demostrable, de que todos nuestros cursos tienen el 100% de reembolso en caso de que el estudiante no sea apto medicamente.

Esto se hace siempre bajo la siguiente premisa;

EL ÚNICO MÓTIVO DE REEMBOLSO DE DINERO A UN CLIENTE DE CIA ES QUE UN ESTUDIANTE NO SEA APTO PSICOFÍSICAMENTE. EL ESTUDIANTE DEBE ENTREGARNOS SUS PRUEBAS Y SE HACE EL REINTEGRO DEL 100%

NUESTRO CIA NUNCA HA TENIDO NI UNA SOLA CONTROVERSIA CON ESTE TEMA, NI UNA SOLA DENUNCIA AL INAC, Y QUE A LO LARGO DE LOS AÑOS SE HAN HECHO VARIOS REEMBOLSOS.

Marco juridico

Los apartados en cuestión claramente demandan que un CIA exiga los requisitos de licencia médica y aeronáutica antes de forma cumplir con dos condiciones que son:

  • Cancelar derechos del curso
  • Formalizar la inscripción

Lo que hacemos es simplemente no formalizar la inscripción por un período de tiempo prudente, generalmente de dos meses, estos plazos se notifican, y al término del plazo se le suspende al aspirante el derecho a clases hasta cumplir con los recaudos. Con lo que cumplimos con la regulación, y respetamos su espíritu.

Espíritu

El mismo que tiene la regulacíon, no estafar a nadie, esto se logra con las siguientes acciones:

  • Siendo sincero con los aspirantes, esto lo hacemos teniendo toda nuestra información pública, y colocando en nuestras fácturas a clientes las notas sobre la pólitica de reembolso y recaudos.
  • Con politica de reembolso de 100% en caso de no ser apto medicamente.
  • El último paso que recientemente consideramos, es comprometernos a través de la presente, legalmente y públicamente con nuestra autoridad aeronáutica, en cuanto al cumplimiento de los preceptos aquí indicados, y haciendo esta carta pública.

NOTA

Inclusive hay estudiantes becádos y no becádos con serios o evidentes problemás físicos que jamás se le pemitirian obtención de licencia médica, en estos casos les solicitamos una carta donde declaren que están conscientes de su situación y nos exime de responsabilidades, adicionalmente explican que quiere hacer su curso simplemente por la obtención de conocimientos o cumplir un sueño. No consideramos que nuestro CIA esté en la posición de negar el derecho humano universal y costitucional del estudio, en algunos casos y dependiendo del caso, sencillamente otorgamos la beca.

CONCLUSIÓN

Si bien es cierto que la educación es un derecho húmano y constitucional, no es menos cierto que el espiritu de la RAV es cuidar a las personas de las estafas que han ocurrido en el pasado porque algunos CIA quizás no fueron 100% transparentes con la información y procesos con sus estudiantes. Y también es cierto que una forma de ley que contradice a otra superior, es un procedimiento administrativo catalogado como incorrecto, tal y como lo establece la LOPA, en vista de esto, este CIA encontró una solución salominica que permíte el cumplimiento cabal de todas las leyes al mismo tiempo y además es 100% justa con el estudiante y amigable con los Centros de Instrucción, además de ser pragmática. Que en nuestro hermoso pero golpeado pais es justo el tipo de politicas que se necesitan.


¿Requisitos adicionales para alumnos piloto?

Cumplimos con este proceso, mediante la aplicación de procesos estipulados en el manual de vuelos de instrucción.

  • El CIA únicamente puede autorizar a un alumno piloto para iniciar la fase de entrenamiento de vuelo, cuando haya completado la fase teórica, aerodinámica, sistemas y equipos, radiocomunicación y procedimientos operacionales.
  • El CIA únicamente puede autorizar a un alumno piloto para iniciar un vuelo solo, cuando el vuelo haya sido aprobado por escrito por un instructor de vuelo autorizado, quien estará presente durante todas las fases del vuelo.
  • Aquellos alumnos pilotos que se encuentren en la fase de vuelo y permanezcan por más de siete (7) días sin cumplir con el entrenamiento de vuelo, deben realizar una (1) misión doble comando para evaluar su pro eficiencia y continuar su entrenamiento.
  • Además de lo previsto en la RAV 91, el alumno piloto llevará los siguientes documentos en cada aeronave usada para vuelos de instrucción:
  • Una lista de verificación antes del despegue y   aterrizaje.
  • El manual de referencia AOM o el AFM de la aeronave, provisto por el fabricante y suministrado por el CIA.
  • Licencia y certificado médico.

¿Cómo podemos ayudarte?