La sanción por falta leve será la amonestación oral; será aplicada por cualquier personal de este CIA que observó la falta (lo pueden aplicar instructores, y personal académico en conformidad con el reporte de cualquier personal de este CIA).
Las sanciones que se aplicarán serán las siguientes:
- Retiro del estudiante de las instalaciones de este CIA por el día en que realizó la falta leve.
Para las sanciones leves “especiales”, las sanciones serán las siguientes:
- Impuntualidad: Según como lo determine la coordinación y en primera instancia el instructor, acarrea la perdida de la hora de clases. Pudiendo retrasarse la presentación de un cuestionario/prueba/examen, exposición o pérdiendola. Esto será determinado por las autoridades anteriormente mencionadas.