Requisitos del alumno piloto para optar por entrenamiento en vuelo que cubre la constancia de solvencia académica para hacer vuelo de instrucción
Requisitos del alumno piloto para optar por entrenamiento en vuelo que cubre la constancia de solvencia académica para hacer vuelo de instrucción
Tener Expediente digital con todos los recaudos solicitados
Solvencia Administrativa aprobada con soportes de pago soportados
Materias en tierra: Si el alumno una vez culminadas estas clases, transcurre un tiempo mayor a noventa (90) días sin iniciar la instrucción de vuelo, debe repetir la instrucción teórica.
Materias aprobadas: Este CIA únicamente podrá autorizar a un alumno piloto para iniciar la fase de entrenamiento de vuelo, cuando haya completado de la fase teórica las siguientes materias:
Aerodinámica
Sistemas y equipos
Radiocomunicaciones
Procedimientos operacionales.
Instrucción teórica de las características técnicas de la aeronave a volar: según su clase, categoría y tipo del curso en particular (INDUCCIÓN A LA AERONAVE): Si el alumno una vez culminadas estas clases transcurre un tiempo mayor a treinta (30) días sin iniciar la instrucción de vuelo, debe repetir la instrucción teórica. Esta instrucción no podrá ser dictada antes o paralelamente a la instrucción teórica aeronáutica. Que I.D.E.A programará Al finalizar las materias en tierra
La instrucción en vuelo que se planifica en los diferentes cursos de formación para pilotos establece que un alumno piloto deberá realizar al menos cuatro (04) vuelos mensualmente durante el tiempo que dure su entrenamiento de vuelo, repartidos en bloques de dos (02) horas de instrucción por cada vuelo a realizar.
Aquellos alumnos pilotos que se encuentren en la fase de vuelo y que permanezcan más de siete (07) días sin cumplir con el entrenamiento de vuelo, deberán realizar una (01) misión doble comando para evaluar su pro eficiencia y seguir el entrenamiento. (En el caso de los alumnos de IDEA todas las lecciones del curso de piloto privado son doble comando)